“...al declararse parcialmente con lugar la demanda promovida, en la sentencia impugnada hubo pronunciamientos a favor de la entidad contribuyente, así como a favor de la autoridad tributaria, ya que se confirmaron algunos ajustes y se revocaron otros (...). No obstante lo anterior, a pesar del sentido en que se dictó dicho fallo, la (...) en sus peticiones de fondo, solicita que se case la sentencia recurrida, sin hacer distinción alguna de ajustes o pronunciamientos de la misma, por lo que evidentemente su petición es imprecisa, pues no es jurídicamente posible casar toda la sentencia, cuando esta contiene análisis y resolución de ajustes que no fueron impugnados en casación y que además, favorecen a quien interpone el recurso (...) se establece que en el memorial de casación no se cumple con un requisito formal como lo es que la petición debe formularse en términos precisos, como lo exige el inciso 6º del artículo 61 del Código Procesal Civil y Mercantil, pues en la forma solicitada, para la Cámara [Civil] resultaría materialmente imposible cumplir con el principio de congruencia que la ley exige, ya que de acceder a casar la sentencia impugnada, se estarían afectando pronunciamientos que no fueron impugnados y en perjuicio de la propia recurrente...”